
El decreto N°54, los define y les entrega el marco regulatorio para desarrolla sus funciones. Es así como todas las empresas con más de 25 trabajadores deben constituirlos y preocuparse por su correcto funcionamiento entregándoles las herramientas necesarias para que cumplan cabalmente con las funciones que le encomienda la ley.
Como su nombre lo indica existe una paridad entre los miembros representante de la empresa y de los trabajadores que los deben integrar y entre los requisitos que estos deben cumplir esta su capacitación en ellos.
La capacitación, es sin dudas el requisito más importante, porque de ella dependerá el correcto funcionamiento y efectividad de los comités paritarios, permitiéndoles dedicarse exclusivamente a la misión que les encomienda la ley y ayudando así efectivamente a controlar las condiciones y acciones inseguras en la empresa.

